¡AY JUNCOS, JUNCOS, JUNCOS. ¿Es posible ser pro patronal llamándose María Eva? Parece que si!
El Concejal Pablo "Gato" Gavira presentó un Proyecto de Ordenanza que es una remake de otro que tiene una antigüedad de unos 40 años y surge de una modificación de la Ordenanza "madre", la 2649 de 1.980, que no permitía ningún tipo de publicidad externa ni interna en los taxis y, su breve resultado fue con pena y sin gloria.
Se trata de posibilitar que los taxis rosarinos lleven publicidad en las puertas traseras y en el techo.
Ante ello, la titular de la ilegal e inconstitucional She Taxi, María Eva Juncos, produjo desafortunadas y penosas declaraciones a la prensa.
Creemos necesario hacer algunas puntualizaciones antes de entrar en el tema.
Primero: decimos que She Taxi es ilegal porque un importante funcionario de movilidad nos confirmó que la señora M. E. Juncos inició hace tiempo los trámites de la inscripción de su empresa pero no cumplimentó la presentación de todo lo exigido por la municipalidad. O sea que es tan ilegal como Uber y DiDi.
Segundo: decimos (lo hemos dicho hasta el cansancio) que She Taxi es inconstitucional. Ahora todas las aplicaciones lo son, lamentablemente, al tener, por Ordenanza, el apartado "mujer" que permite que quien pide un taxi pueda elegir el sexo del taxista, pero She fue pionera. Al poner una herramienta de trabajo (la aplicación She, en este caso) que mejora la recaudación, en manos de un grupo de taxistas (mujeres) que es el 10% sobre el total, a la que el resto (hombres), no puede acceder, no hay condiciones equitativas de labor ni hay igual remuneración por igual tarea. Imagínense que todas las mujeres usuarias quieren ser transportadas por una mujer. Aunque todos los hombres viajen con un hombre, esto significaría que 20.000 viajes (por arriesgar un número) se repartirían entre 200 choferesas y otros 20.000 viajes los harían los 2.200 choferes. Esto equivale a decir que por cada viaje que hiciera un taxista hombre, una taxista mujer haría 10. Y esto contraviene lo prescripto por el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional aunque a Javkin y a los concejales parece no importarles este hecho inconstitucional, dado que lo hicieron extensivo a todas las aplicaciones en la última Ordenanza aprobada.
Ahora si, vamos al tema: Se supone que la Ordenanza que autorice la difusión de publicidad por parte de los taxis debe reglamentar algunas cuestiones para evitar inequitatividades, irregularidades, injusticias y arbitrariedades. La principal de estas cuestiones, consideramos que debería ser la relación directa entre el costo de la publicidad y las horas diarias en las que va a exhibirse.
Así como hay distintas tarifas en la publicidad vial, según la cantidad de impactos visuales calculada, no es lo mismo un taxi que funciona entre 8 y 12 horas que otro que lo hace entre 18 y 24. Creemos que un taxi que circule entre 18 y 24 horas diarias debería percibir, a cambio de la difusión de publicidad, un monto equivalente al doble de aquel que presta servicio 12 o menos horas por jornada. Esto sería lo mas justo.
Ahora, pensemos: si un taxi presta servicio entre 18 y 24 horas es porque en el trabajan dos personas. Entonces, si el titular de ese taxi va a percibir el doble de dinero que otro que trabaja 8, 10 o 12 horas, es también mérito del chofer. Una sola persona no puede manejar 24 horas seguidas. Este sencillo pero clave detalle parece habérsele escapado a María Eva Juncos cuyo razonamiento patronal la pone en las antípodas de María Eva Duarte, que siempre apoyó al taxi y al trabajador taxista y a la que le debemos la fecha en la que se celebra el día del taxista. No todas las María Eva se parecen...
No se puede ni se debe ser tan exacerbadamente capitalista para proponer que las mejoras vayan solamente al bolsillo del patrón. La cuestión es que si esta Ordenanza genera un pequeño ingreso adicional por cada taxi, ese ingreso se debe compartir entre titular y chofer. ¿De qué manera? Veamos:
Taxis que prestan servicio 12 o menos horas diarias:
Taxi manejado sólo por el titular: ingreso, obviamente, 100% para el titular.
Taxi manejado por un chofer con el titular no trabajando o cubriendo francos, 50% de ingresos para el titular y 50% para el chofer.
Taxis que prestan servicio entre 18 y 24 horas diarias y en los que la empresa de publicidad abonará el doble de lo que le abona a aquellos que trabajan media jornada:
Taxi en el que el titular trabaja un turno y un chofer otro turno, 75% de los ingresos para el titular (por su doble rol, dueño y chofer) y 25% para el chofer.
Taxi en el que trabajan dos choferes y el titular no trabaja o solamente cubre francos: 50% de los ingresos para el titular y 25% para cada uno de los choferes.
La empresa de publicidad abonará, via transferencia, antes del dia 10 de cada mes, lo que corresponde a los choferes. El pago a los titulares se efectivizará en igual fecha pero, si el titular lo acepta, podrá realizarse en repuestos o accesorios automotor por igual valor. Los contratos no podrán tener menos de seis meses de duración y se abonarán mensualmente, a mes vencido.
Utilizando el registro que posee la municipalidad, la o las empresas de publicidad podrán corroborar si la información proporcionada por el titular es fidedigna. En caso de renuncia o despido de un chofer, el titular lo informará a la empresa, como así su reemplazo, de modo que cobre su cuota parte el chofer que corresponde.
La empresa de publicidad podrá optar por publicitar sólo en los taxis que trabajan media jornada, hacerlo sólo en los que trabajan entre 18 y 24 horas o contratar con el total de taxis, no habiendo otra opción, dado que si quisiera publicitar, por dar un ejemplo, sólo en 50 taxis, debería hacerse un sorteo y esto beneficiaría a algunos y perjudicaría a muchos otros.
De todas formas, los beneficios por cada taxi serían exiguos, dado que, si no se ajustan los números, no habría auspiciantes, ya que la cifra sería alta, a raiz de las mas de mil unidades, como mínimo, en las que el patrocinante deberá estar dispuesto a difundir su producto. Ejemplo: 1.000 taxis a $10.000 mensuales. Para el taxista $10.000, y compartido entre chofer y titular, es una migaja y, para el auspiciante, 10 millones de pesos por mes es una fortuna. No decimos que el proyecto sea inviable pero, casi...
(Debería dialogarse con las Cámaras de remiseros para tener en cuenta la posibilidad de que el proyecto también los abarque a ellos, si es que están de acuerdo, ya que ese sub sistema, al igual que el taxi, sufre importante merma en su recaudación, originada por la presencia de las app ilegales y merece, como el taxi, ser compensado por ello, aunque la compensación pergeñada en esta iniciativa sea insuficiente.)
Aunque, lo ideal para mejorar los ingresos de los taxistas sería que el intendente combata la ilegalidad guardando en el corralón una docena de autos y/o motos al servicio de Uber y/o DiDi por dia, además de hacer placitas de bolsillo.
Sin apps ilegales estaríamos recaudando mas del doble de lo que recaudamos. Hasta podríamos cobrar los viajes un 20% menos. Pero, queda claro que al oficialismo de la ciudad, encarnado especialmente por Pablo Lautaro Javkin y María Eugenia Schmuk, ayudados por la "obediencia debida" de otros miembros de la alianza gobernante y por sus aliados del PRO y de La Libertad Avanza, no les importa, en absoluto, el taxi, ni el destino de todos y cada uno de los taxistas y de sus familias.
El intendente y la Presidenta del Concejo.Y al intendente tampoco le importa incurrir en la figura de mal desempeño de sus funciones.
En fin...


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