ALERTA CÓRDOBA, ¡¡¡ALERTA ARGENTINA!!!


El viernes pasado, tras cuatro años de tramitación judicial de la apelación sobre la regulación de Uber, a la que recurrió la municipalidad de Córdoba Capital, el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba falló al respecto. Mas allá de lo discutible de la argumentación que reza que la municipalidad no debe prohibir trabajar (en realidad lo que se prohibe es realizar un trabajo que no está autorizado por Ordenanza) los requisitos que fija el T. S. J. son razonables.

Veamos: 

 
 
Pero, tan importante como esto, es la parte del fallo en la que especifica que todo lo que no figure en estos requisitos deberá regirse, de manera supletoria, por la Ordenanza 12.859.
¿Podríamos inferir, entonces, que los vehículos al servicio de empresas de transporte que utilizan aplicaciones para hacer efectiva la prestación del servicio deberán cobrar al usuario igual tarifa a la de los remises?
Podríamos.
¿Podríamos inferir, entonces, que estas empresas deberán respetar el cupo de vehículos que fija la municipalidad para no saturar y evitar que cada prestador recaude migajas?
Podríamos.
Y podríamos inferir y deducir mucho mas. Pero, sucede que el fallo remite a la Ordenanza 12.859, (Ordenanza "madre" de taxis y remises cordobeses) pero dicha Ordenanza, para bien o para mal, puede ser modificada por el Concejo Deliberante de la ciudad.

Y AQUÍ COMIENZA A TOMAR SENTIDO LA PRIMERA PARTE DEL TÍTULO DE ESTA ENTRADA (O NOTA), "ALERTA CÓRDOBA".

Porque todo dependerá de como quede redactada dicha Ordenanza, la que, necesariamente, los Concejales modificarán, para adaptarla a lo dispuesto por el fallo del T. S. J.

Lo primero que se nos ocurre conjeturar es que Uber (y DiDi suele ser similar a esta en sus métodos) no se va a inscribir. Basta con escuchar algunos de los recientes dichos de Juan Labaqui, quien está a cargo de las comunicaciones de Uber para el Cono Sur: "El parque automotor argentino es, en promedio, mas viejo que 10 años. ¿Por qué exigir 10 años de antigüedad para nuestros autos?" o, "No necesitamos hacer un control cada cuatro meses. El control lo hacen los usuarios en todos los viajes y nos lo comunica, y nosotros corregimos las falencias" o, "No se puede igualar lo que no es igual. El 70% de nuestros 'socios conductores' trabaja menos de 20 horas semanales, lo cual indica que esta no es su actividad principal, como sí lo es en el caso de los taxistas."
Mas allá de que los argumentos de Labaqui tienen la misma solidez que la de un castillo de naipes, sus declaraciones (hechas a un medio periodístico "amigo". Los otros ni tienen su número de teléfono.) dejan entrever lo que va a suceder. Y es claro que, como ocurrió en Rosario y en muchas otras ciudades en las que legislaron con la ilusión de que Uber y DiDi se integraran legalmente al staff de prestadores del servicio de transporte de personas a título oneroso, Uber, cuestionando los lógicos requisitos que emergen de la regulación, decidió continuar operando al margen de las normas vigentes. Y hay un 99,99999% de posibilidades de que en Córdoba Capital suceda lo mismo que en estas otras ciudades, tanto con Uber como con DiDi.

Pero, retomando el espíritu de esta nota, que está reflejado en su título ("ALERTA CÓRDOBA, ALERTA ARGENTINA") no debemos perder de vista la presencia de una tercera app, la española Cabify, que tanto en C. A. B. A. como en la ciudad de Rosario, se inscribió como remisería y, en esta última, cuando el año pasado se sancionó la Ordenanza que permitió la inscripción de empresas de transporte a través de apps, (aunque sólo utilizando remises y/o taxis habilitados) se inscribió en ambas categorías. Cabify, debido a la laxitud de los controles, en Rosario funciona con las características del fernet con cola. 70-30. Un 70% de legalidad, un 30% de incumplimiento de las normas. Cuando, en Rosario, era remisería, acudía a algunos coches particulares para satisfacer la demanda. Además, no siempre respetaba la tarifa establecida por la municipalidad. Y ahora, como app de taxis y de remises, tampoco cumple el 100% de la normativa.
No sería raro que se inscribiera en la "Docta".
Y, si la municipalidad de Córdoba modifica la Ordenanza 12.859 para, entre otras cosas, dejar que sean las multinacionales quienes fijen el monto a cobrar por cada viaje, esto, para Cabify, será un "bocatto di cardinale", dado que los pasajeros elegirán con el bolsillo y la empresa española, probablemente opere sin competencia, dado que Uber y Didi, como lo expresamos líneas arriba, es practicamente imposible que se inscriban.
Por si hace falta aclarararlo, decimos que en Cabify no son mas buenos que en Uber. Son menos poderosos. Pero, si quedaran como única app extranjera operando en Córdoba, harían lo mismo que haría Uber. Llevar las tarifas a la baja hasta que quiebren la mayoría de los taxistas y los remiseros y, logrado ese objetivo, aumentarían el precio de sus viajes a voluntad.

Tras lo dicho, nos permitimos sugerirles con toda humildad a los políticos cordobeses encargados de legislar, tengan en cuenta los siguientes items:

  • Exigir a las/los titulares de vehículos al servicio de apps que estén inscriptos como monotributistas y que, si tienen chofer o choferesa, que estos estén en relación de dependencia. Art. 7, Ord 12.859, reglamentado por Decreto 1.216/19, inc b, (cumplimiento de la legislación laboral correspondiente).
  • Para asegurarse de que se les brinde  salubridad, confort y seguridad a los usuarios, cuestiones estas que el Poder Concedente tiene la obligación de tutelar, exigir que los vehículos de apps cumplan con los mismos requisitos (excepto el color, que podrá ser de libre elección) que el impuesto a los remises por la Ordenanza 12.859.
  • Límite de licencias. Artículos 15, 16, 19 y 38 de la Ordenanza 12.859. Al respecto, analizar la posibilidad de agregar a la cantidad actual de remises, un 5% de coches al servicio de apps. Si, a futuro, la municipalidad decidiera aumentar la cantidad de vehículos al servicio de transportar personas a título oneroso, lo hará distribuyendo equitativamente las licencias que se agreguen, sumando un tercio de nuevas licencias para taxis, otro tercio para remises y otro para apps.
  • Probablemente, debería reducirse el monto del costo de la transferencia de licencias entre vivos, del equivalente a 5.000 bajadas de bandera, (art. 16, Ord. 12.859) al equivalente a 500 bajadas de bandera.
  • Publicar trimestralmente el registro de licenciatarios y no anualmente, como prescribe el art. 17, Ord. 12.859.
  • Modificar el inc. c del decreto 1.216 que reglamenta el art. 18 de la Ord. 12.859, para permitir que el sistema de monitoreo y seguridad sea contratado a elección y por decisión de cada permisionario y no obligatoriamente provisto por una central de radio taxi o de remis. No obstante, el servicio deberá ser homologado por la municipalidad.
  • Eliminar, en lo posible, el pago de arancel por el certificado de habilitación del reloj taxímetro, según lo establece la Ord. 12.859.
  • Establecer paridad de género en el otorgamiento de licencias para apps, entendiéndose por ello que el 50% de los titulares de coches al servicio de apps inscriptas sean mujeres y, el otro 50%, hombres.
  • Establecer obligatoriedad de trabajar un mínimo razonable de horas semanales para el/la titular de la licencia de coches al servicio de apps.
  • Establecer, para el prestador, la obligatoriedad de aceptar el pago a través de transferencia bancaria y, para el usuario, de permanecer en el coche hasta que impacte el pago en el celular del prestador. Las transferencias deberán ser giradas a nombre del chofer prestador y no a nombre de la empresa.
  • Autorizar a las app a trabajar, además de con los vehículos que, a tal efecto, autorice la municipalidad, con los remises y taxis ya habilitados, respetando la tarifa que fije la municipalidad para cada sub sistema y no pudiendo cobrar, en carácter de comisión a taxistas y remiseros, mas de un 10% del valor del viaje realizado. En cuanto a los coches particulares que pasen a revistar para las app. la comisión será a pactar entre las partes.
  • Al fin de no consagrar por Ley ni Ordenanza, la competencia desleal, (Ley Nro 27.442, de defensa de la competencia) la tarifa de los vehículos particulares que revisten en las app debería ser la misma que la municipalidad fije para el servicio prestado por el sub sistema de remis, y las unidades deberán tener reloj taxímetro homologado. Por otra parte, se estaría evitando la implementación de la tarifa dinámica, lo cual sería plausible. En Valencia, España, durante las inundaciones generadas por la Depresión aislada en niveles altos (DANA) en medio de la tragedia que se cobró 225 vidas, los vehículos de apps cobraban, a raíz de la demanda, mucho mas caro que los taxis. Nada mas cruel. Nada mas alejado del concepto de servicio público. Por eso es que los cordobeses no pueden quedar en tan insensibles manos. 


  • Las app deberán expender ticket virtual a cada pasajero.

Además, deberá ser obligatoria la app municipal en cada taxi y remis, y optativa en los vehículos con app. Y deberá bregarse por el buen funcionamiento de la misma.

Si esto no trajera aparejado conflictos con el T. S. J. , estaría bien omitir lo de la identificación de los coches de apps con un ploteado, ya que si son fácilmente identificables, los pasajeros podrían abordarlos en la calle y no están autorizados para ello.

Ah!, por favor, eliminen la parte de la Ordenanza que obliga al prestador a tener un monto equivalente a 10 bajadas de bandera para cambio. Si esto lo supieran todos los usuarios, los odiadores del taxi no se privarían de denunciar a quien, circunstancialmente, tenga menos cambio. ¿Se imaginan? A ver, señor taxista, muéstreme la billetera por favor. Quiero saber si usted está cumpliendo la Ordenanza 12.859... Ridículo.

Esperamos que las partes que serán invitadas a las reuniones que definirán el futuro del transporte de personas, es decir los taxistas, los remiseros y los hasta ahora ilegales choferes de Uber y Didi, pongan el interés general, el interés del pueblo cordobés, por encima del interés personal e individual.



Por último, cuando el título de esta nota termina diciendo "ALERTA ARGENTINA", es porque lo que se legisle en la segunda ciudad del país, de algún modo sentará precedente para otras ciudades importantes. Por eso, la responsabilidad de los Concejales de la ciudad mediterránea es mayúscula, y aguardamos que estén a la altura.






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